SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL PARA EL AÑO 2018
SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL PARA EL AÑO
2018
El BOE núm. 317, de 30 de
diciembre de 2017 publica el Real Decreto 1077/2017, de 29 de diciembre, por el que se fija el
salario mínimo interprofesional para 2018.
El salario mínimo para
cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios,
sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 24,53
euros/día o 735,9 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.
En
el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el
salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la
cuantía íntegra en dinero de aquel.
Este
salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad,
sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos
y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.
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