PACTO DE ARRAS
PACTO DE ARRAS Una de las cuestiones que dan lugar a más controversia es la del pacto de arras incluido en los contratos de compraventa. Para aclarar la cuestión hemos de partir de definir que son las arras. “El pacto de arras es un acuerdo accesorio , donde las partes pactan la reserva de la compraventa de bienes o inmuebles, entregándose como prueba una cantidad de dinero en concepto de señal o para compensar el perjuicio ocasionado por el desistimiento de uno de los contratantes o para sancionar el incumplimiento”. ¿Qué clase de pacto arras existen? El Código Civil sólo recoge una de las modalidades, pero la doctrina y jurisprudencia distinguen tres modalidades: 1- Arras confirmatorias . Son las que se entregan como señal de la celebración de un contrato, no facultando a las partes a resolverlo. La cantidad entregada es un anticipo o parte del precio 2.- Arras penales . Son las que se entregan como garantía del cumplimiento
Comentarios